
CONDICIONES AFILIACIÓN A CARGOS AUTOMÁTICOS:
1.- La presente afiliación está sujeta a la validación por parte del establecimiento comercial elegido de la información proporcionada por el tarjetahabiente. El tarjetahabiente debe verificar cuidadosamente que sus datos, incluyendo las direcciones de correo electrónico, así como los datos del establecimiento comercial elegido sean ingresados debidamente al momento de la afiliación.
2.- El Establecimiento comunicará al tarjetahabiente la aceptación de su solicitud de afiliación y confirmará la primera fecha tentativa del cargo por el medio que el Cliente hubiere establecido o comunicado.
3.- Los Procesadores de Tarjetas y el Banco no son responsables por la ausencia de la notificación o rechazo de la solicitud de afiliación. Si en un plazo de 30 días no se recibe confirmación se debe dar por entendido que la afiliación no ha sido aceptada.
4.- Los cargos se efectuarán por el importe y en la oportunidad que ordene el Establecimiento, sin responsabilidad de los Procesadores ni el Banco, siempre que el Cliente cuente con una línea disponible y suficiente para efectuar el pago de la totalidad del importe requerido por el Establecimiento.
5.- Los Procesadores cargarán el monto ordenado por el Establecimiento hasta por el monto máximo establecido por el tarjetahabiente. Si el monto de la orden supera el monto máximo establecido, ésta no será procesada.
6.- En caso de reemplazo de la tarjeta por pérdida, robo, vencimiento o cambio de tarjeta, el Banco informará a la Procesadora el nuevo número de la tarjeta y se continuará con el cargo recurrente. Sin perjuicio de ello, es obligación del Cliente informar al establecimiento el cambio del número de tarjeta.
7.- El tarjetahabiente podrá modificar el monto máximo tramitando una desafiliación y autorizando otra afiliación por el nuevo monto.
8.- La solicitud del cargo recurrente a la tarjeta estará vigente hasta que el cliente solicite al Banco o al Establecimiento su desafiliación al sistema. La desafiliación deberá ser solicitada con una anticipación no menor de 48 horas a la fecha de cobro.
9.- Los cargos recurrentes con vencimiento dentro de las mencionadas 48 horas podrán ser cargados al tarjetahabiente. La suspensión no exime al tarjetahabiente de sus obligaciones frente al Establecimiento.
10.- En ningún caso El Procesador y el Banco son responsables por la provisión, continuidad, cantidad y calidad de los servicios prestados por el Establecimiento. Tampoco serán responsables por los errores o demoras en la presentación de los cargos recurrentes al Banco, ni por la entrega oportuna de los comprobantes de pago al tarjetahabiente.
CONDICIONES DE LA CAMPAÑA:
No aplican las Tarjetas Visa Nacional, Repsol y Arcángel.
Acumulas 1 opción para el sorteo por cada servicio afiliado. Se consideran válidas las afiliaciones que hayan sido aprobadas por el comercio. El Banco no se responsabiliza por la no aceptación de parte de algún comercio a la afiliación a algún servicio. Los sorteos se realizarán el jueves 02 de setiembre de 2010 y el viernes 12 de octubre de 2010. No participan afiliaciones con tarjetas de crédito empresariales. Información brindada según Ley N° 28587 y su reglamento RES. SBS N° 1765-2005. Tasa ITF 2010 (0.05%). Sujeto a variación. Nº de expediente 2010-0184358.
Promoción válida del 01 de agosto al 30 de setiembre de 2010